CENTRO DE NEGOCIOS ARGANZUELA

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Normativa nueva ley de teletrabajo.

Normativa nueva ley de teletrabajo. Sorpréndeteme el decreto 28/2020 es flexible tanto para el trabajador como para la empresa ya que si hay acuerdo entre ambas partes.

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Normativa nueva ley de teletrabajo.

Normativa nueva ley de teletrabajo

Os adelantamos que el resumen de esta normativa es que las labores o tareas que realiza un empleado es a distancia, fuera de las instalaciones o infraestructura de la empresa.

La normativa que regula el teletrabajo según el decreto ley 28/2020 la nueva ley de teletrabajo dice que es un modelo de trabajo voluntario.

Tiene que haber un previo acuerdo firmado, (no se puede imponer) tanto para el trabajador como por la empresa y será reversible,

El trabajador podrá volver a la oficina con los mismos derechos que tenia antes de teletrabajar, a su regreso no tiene que sufrir ningún cambio en sus condiciones de trabajo y que las empresas seguirán corriendo con los gastos .

En definitiva lo que dice la ley de teletrabajo es que las tareas pueden llevarse a cabo en el domicilio particular o fuera de su residencia como un Centro de Negocios (Coworking) o sencillamente un espacio publico como puede ser una cafetería.

Existe una condición para que el trabajador pueda teletrabajar y es que debe cumplir y es que debe trabajar como mínimo el 30% de su jornada semanal al menos durante 3 meses lo que se traduce a dos días en semana.

La nueva ley de teletrabajo establece unas clausulas mínimas que deben incluirse en acuerdo y cualquier cambio en el mismo debe comunicarse por escrito.

1-. Lo primero que se deberá especificar es la duración del acuerdo.

2-. La representación legal en lo concerniente a protección de datos y seguridad de la información.

3. Cual será el procedimiento a seguir en el caso de que haya dificultades que pueden entorpecer o impedir el trabajo en remoto.

4-. Como se distribuirá el horario de trabajo a distancia que aunque es flexible, para el trabajador pero tiene que quedar claro porque hay limites en los que se debe respetar las horas de disponibilidad obligatoria.

y el presencial.

5-. Disponibilidad del trabajador en remoto

6-. Lugar donde se desarrollara tanto el trabajo presencial como el teletrabajo.

7-. Hay que determinar los medios de control.

8-. Tiene que figurar un inventario de medios.

9-. Equipos y herramientas que se emplearan para el desarrollo de la actividad en remoto.

10-.Hay que especificar claramente los gastos que tendrá el teletrabajador ya que el trabajador tiene derecho a que la empresa le pague los gasto s que corresponden a los equipos, herramientas y medios, este acuerdo se puede hacer directamente con el teletrabajo o el representante legal de los trabajadores.

11-. Los controles que puede ejercer la empresa serán desde el respeto a la intimidad y la dignidad del trabajador.

2 comentarios en «Normativa nueva ley de teletrabajo.»

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